La cartografía ayuda a la inserción de los VMU en Madrid


Résumé

Le 26 juillet 2018 la mairie de Madrid a approuvée une nouvelle ordonnance sur la mobilité durable en ville. Cette ordonnance reconnait pour la première fois une nouvelle forme de déplacement, qui est apparu ces dernières années et pris de l’ampleur ces derniers mois, les “véhicules de mobilités urbaines”(VMU). Ce sont donc les Hoverboards, segway, trottinettes électriques et bien d’autres qui sont encadrés par cette ordonnance. La ville de Madrid a répertorié et cartographié les routes et/ou chemins que pourront utilisés les propriétaires de VMU suivant sa catégorie. De plus, l’ordonnance fait part de l’encadrement juridiques de ces véhicules. Qui pourront être confisqués au même titre que tout autre type de véhicule motorisé, sur demande des autorités compétentes en matière de régulation routière, si jamais celui-ci venait à perturber le trafic. Cependant, les acteurs associatifs, représentant les usagers, ont exprimés leur mécontentement face à un réseau de circulation incomplet et incommode, ils demandent une étude plus approfondie du réseau routier afin de l’élargir.

 

El 26 de Julio el ayuntamiento de Madrid publico una nueva Ordenanza de movilidad. La que integra los Vehículos de Movilidad urbanos a la red de circulación. Los VMU son más o menos 5.000 en toda la ciudad y su nombre tendrá a aumentar. La aparición de nuevas formas de movilidad necesita una renovación urbana que incluye infraestructuras o pequeños desarrollos urbanos y una regulación jurídica.

 

El ayuntamiento de Madrid reconoce y regula los VMU en la nueva Ordenanza de Movilidad. En primer lugar tenemos una clasificación entre los tipos de VMU. Según la notificación existe 3 tipos diferentes: Los de categoría A (que son los más ligeros, como un hoverboard por ejemplo ), el B ( Segway o patones eléctricos ) y el tipo C ( Bicicletas con cestas o pasajeros ). La clasificación define las vías autorizadas según la categoría.

Tabla de los vehiculos de movilidad urbana tipo urbano, Diario.Madrid.es, 02/2018

La Ordenanza introduce también sanciones porque son vehículos aunque no van a más de 30km/h. Las sanciones son sencillas: “Retirada de las bicicletas y VMU de las vías y espacios públicos cuando perturben o causen peligro”. Entonces las autoridades competentes en la regulación podrán retirar el VMU a cualquier persona que representa un riesgo grave a la circulación.

 

En otro lado la Asociación de Usuarios de Vehículos de Movilidad Personal (AUVMP) denuncia la incapacidad de las autoridades a integrar este modo de desplazamiento a la red de circulación de manera coherente.

El problema es que el ayuntamiento intenta de favorecer los modos de desplazamiento verdes pero hace ningún esfuerzo sobre la integración de los VMU a la red. En el mapa interactivo, propuesta por la oficina de Planificación Estratégica, vemos donde pueden circular y estacionar los VMU. Podemos observar que la red no está céntrica, las pistas son más alrededor de la ciudad o pocas vías dentro del centro.

Red para los VMU, Mapa de Madrid en la applicacion ArcgisOnline.

La Ordenanza del 26 de Julio de 2018 es un primer paso por la ciudad de Madrid con los VMU. Sin embargo, no es la primera ciudad de España a reconocer y regularlos: Barcelona por ejemplo, tiene también una Ordenanza parecida publicada mitad 2017. En conclusión los usuarios son felices de esta avanzada pero frustrados por la nueva legislación. Un estudio complementario es necesario, con la ayuda de un sistema de información geográfico, para permitir la expansión de las zonas potencialmente viables a la circulación de los VMU.

 

Fuentes (consultadas el 30/09 y 01/10) :